SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1119/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1119/01-R

Fecha: 19-Oct-2001

que  no se puede responsabilizar  de las ilegalidades  evidenciadas a quienes no la cometieron”.

Que los recurridos  no son autores  de lo obrado con anterioridad a su nombramiento, no siendo pertinente  inculpárseles  las omisiones e ilegalidades que pudieran haber cometido sus antecesores. En ese sentido la jurisprudencia Constitucional,  establece en  la Sentencia Constitucional No. 255/01-R,” que  no se puede responsabilizar  de las ilegalidades  evidenciadas a quienes no la cometieron”.