SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1127/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1127/01-R

Fecha: 19-Oct-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7 de la Constitución Política del Estado y los arts. 7-8) y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución Nº 598/01 de 4 de septiembre de 2001, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y dispone que con carácter previo a la admisión otorgue el plazo de 48 horas al recurrente para que subsane el defecto de forma señalado, caso contrario se determine lo que corresponda en derecho.