Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 472/2001-CA
Fecha: 20-Nov-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el art. 33 parágrafo I inciso1) de la Ley Nº 1836, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 24 de octubre de 2001, pronunciada por el Juez de Partido Tercero en lo Civil de Cochabamba, Mario Canedo del Villar, a fs. 24 del expediente.