Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1166/01-R
Fecha: 13-Nov-2001
IMPROCEDENTE
3. La Resolución que sale a fs. 20 y 21 declara IMPROCEDENTE el Recurso bajo el argumento de que los recurridos realizan la investigación de una denuncia con plena facultad habiendo procedido al efecto a la citación del recurrente, sin que ello suponga vulneración a las garantías establecidas por los arts. 6, 7-h), 14 y 16 de la Constitución Política del Estado.