Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1188/01-R
Fecha: 13-Nov-2001
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Sentencia que declara improcedente el Recurso con los fundamentos de que: se encuentra pendiente de resolución otra instancia como es la apelación planteada y que la resolución de rechazo de cesación de la detención preventiva no causa estado ni es definitiva y se la puede volver a solicitar con la presentación de nuevos elementos que formen convicción.