SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1191/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1191/01-R

Fecha: 19-Nov-2001

4.

4.   Que presentada la recusación por la Empresa Minera Metalúrgica Vinto, la Jueza recurrida se allana a la misma y dispone la remisión al Juez co-recurrido por ser el siguiente en número (fs. 22), quien por Auto de 8 de marzo de 2001 dispone la devolución de obrados a la recurrida argumentando que de “conformidad al art. 8vo. parágrafo II de la Ley 1760 de 28 de febrero de 1997” era de aplicación el art. 252 del Código Procesal del Trabajo dado que la causa se hallaba con fallo ejecutoriado (fs. 23 vta.).