Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1191/01-R
Fecha: 19-Nov-2001
Por su parte, el recurrido informa:
Por su parte, el recurrido informa: 1) Que no tramitó la causa y que la sentencia que le correspondió fue pronunciada el 10 de marzo de 1992 y su ejecutoria data de 13 de octubre del mismo año y en esas fechas ninguno de los recurridos eran jueces y 2) Que ha conocido la recusación de la recurrida, la misma que ha sido “realizada de motu proprio” (sic.) por dicha autoridad y al estar en ejecución de fallos la consideró ilegal y procedió a devolver los obrados.