SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1222/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1222/01-R

Fecha: 20-Nov-2001

2.

2.   Por su parte, las autoridades recurridas informan los siguientes aspectos: a) Eddy Pasten, Director de la Academia Nacional, manifiesta que el Sistema Educativo Policial, no contempla  la revisión de calificaciones pero sí el Reglamento  Interno de la Academia en su art. 76 observando el conducto regular;  que el art. 4 numeral 42) del Reglamento  de Disciplina y Sanciones  dice que toda solicitud  debe ser individual y no colectiva, entendiéndose cuando es colectiva que es como un motín; b) el art. 66 del Régimen  Interno de ANAPOL  y 29 del Docente  Policial, prohíben  modificar las calificaciones, que a pesar de ello la Dirección autorizó la revisión de exámenes  dentro de las 48 horas de haberse conocido, por intermedio de la subdirección; c)  el Sistema Educativo Policial, jamás se  aplicó a la Academia porque no se aprobó por el  CEUB, encontrándose vigente el Reglamento Interno.