SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1225/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1225/01-R

Fecha: 20-Nov-2001

Vocales

A su vez los Vocales recurridos en su informe escrito cursante de fs. 26 a 29 del expediente, señalan que conocieron en apelación sobre la medida cautelar de detención preventiva dispuesta por el Juez “a-quo”, quien con correcto criterio ordenó la misma y por su parte como tribunal de alzada analizaron los elementos y datos del proceso estableciendo que era procedente dicha medida, por lo que la confirmaron en forma fundamentada como lo exige la ley, lo que no constituye acto ilegal que vulnere el derecho a la libertad del procesado, por cuanto el mismo Código de Procedimiento Penal establece que ésta podrá ser restringida en los casos y formas expresamente señalados, concluyendo que la ley no admite fueros ni privilegios como en el caso presente.