SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1228/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
1.
1. Efectuada la audiencia pública el 24 de septiembre de 2001, tal como consta en el acta de fs. 165 a 167 de obrados, verificada la inconcurrencia de la parte recurrente se procede a aceptar el apersonamiento de su representante previa acreditación mediante el testimonio de poder especial y suficiente, quien luego de presentar un memorial de ampliación del Recurso referente a la defensa de fondo del proceso penal, se ratifica en el memorial de demanda y la amplía en sentido de que: a) existe un prejuzgamiento específico sobre la culpabilidad del recurrente, ya que en ningún momento se le da oportunidad de asumir o demostrar su inocencia puesto que al aparecer el verdadero culpable se prejuzga señalando que en sí es inocente no obstante haber reconocido su culpabilidad; b) el Juez recurrido llega a la conclusión de que el recurrente es el verdadero autor del asesinato sin ningún tipo de prueba, demostrando con ello que existe la determinación de condenar al hijo y no así al padre que además de ser confeso lo incriminan las pruebas presentadas.