Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1228/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, con los fundamentos de que: los hechos que se cuestionan fueron juzgados hace once años, haber accedido a todas las instancias judiciales hasta la revisión de sentencia por lo que tienen la calidad de cosa juzgada, no ser evidente la vulneración del derecho constitucional de defensa y finalmente el pretender atribuirse la autoría del delito incriminado a su hijo no corresponde ser analizado en este Recurso.