Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1237/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
1.
1. En su demanda presentada el 22 de octubre de 2001 (fs. 4 y 5), los recurrentes aducen que están detenidos preventivamente “alrededor de siete meses” por supuestos delitos de asesinato y otros, pese a que no existe prueba alguna en su contra. El Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, amparado en el art. 11 de la Ley Nº 1685, un día antes de la vacación judicial de la presente gestión, amplió la fase del Sumario por noventa días más, término que vencía a mediados de septiembre; sin embargo, continúa la Instrucción sin que se haya dictado Auto Final, con la consiguiente retardación de justicia y perjuicio para ellos.