SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1237/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1237/01-R

Fecha: 20-Nov-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el Hábeas Corpus ha sido instituido como un Recurso extraordinario que tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos,  demandando se guarden las formalidades legales, sin que se requiera la observancia de requisitos formales (art. 90-II de la Ley Nº 1836).

A partir de la vigencia anticipada de las medidas cautelares dispuestas por la Ley Nº 1970 de acuerdo a su Disposición Transitoria Primera numeral 1),  desde el  31 de mayo de 2000 quedó tácitamente derogada la Ley  Nº  1685 de Fianza Juratoria, dejando de tener aplicación sobre las solicitudes de “libertad provisional”, encontrándose vigentes las medidas cautelares reguladas por el Nuevo Código de Procedimiento Penal.