Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1240/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
1.
1. Efectuada la audiencia pública en 10 de octubre de 2001, tal como consta en el acta que cursa a fs. 22 a 23 de obrados, el abogado de la recurrente se ratifica en el contenido íntegro de su demanda, agregando que el poder notariado por el que se otorga la garantía contiene una falsedad material y consecuentemente hay nulidad absoluta de actuaciones y que es evidente que existen recursos que puede utilizar y que lo hará, pero los vicios de nulidad tienen que ser enmendados por el juzgador.