Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1240/01-R
Fecha: 20-Nov-2001
3.
3. A la conclusión de la Audiencia, el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, con los fundamentos de que: el recurrido aplicó correctamente la Ley N° 1760 y que la nulidad del poder otorgado que impugna la recurrente debe ser atacada por la vía legal correspondiente, no siendo el Amparo sustitutivo de los recursos ordinarios