Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1277/01-R
Fecha: 05-Dic-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 7-8) y 102-V de la Ley N° 1836, en revisión, APRUEBA, aunque con distinto fundamento, la Resolución Nº 162 de fs. 55 a 56 de obrados, pronunciada el 22 de octubre de 2001, por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Chuquisaca.