Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1286/01-R
Fecha: 06-Dic-2001
2.
2. De fojas 11 a 12 cursa el acta de audiencia pública realizada el 4 de octubre del presente año, donde el recurrente a través de su apoderado ratificó in extenso la demanda, haciendo hincapié en el hecho de que el demandado al cerrar la oficina con candado hizo justicia por propia mano cuando tiene las vías legales para cobrar los alquileres adeudados.