Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1291/01-R
Fecha: 07-Dic-2001
5) El Recurso Directo de Nulidad planteado por Hortensia Anaya Vda. de Barrientos contra los ahora recurridos,
5) El Recurso Directo de Nulidad planteado por Hortensia Anaya Vda. de Barrientos contra los ahora recurridos, mereció la Sentencia Constitucional Nº 59/01 de 24 de julio de 2001 (fs.132 a 137), que declaró infundado el mismo, considerando que los Vocales recurridos actuaron con la facultad que les otorga el art. 36-2) de la Ley Nº 1715, sin que se hayan encontrado en ninguna de las dos causales que hacen procedente el Recurso citado contra autoridades judiciales. Ante la solicitud de enmienda y complementación presentada por la recurrente, el Tribunal Constitucional emitió el Auto Nº 27/01-ECA de 14 de agosto de 2001 (fs. 130 y 131), declarando no haber lugar a lo impetrado.