SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1317/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1317/01-R

Fecha: 13-Dic-2001

3.

3.   Concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución  que declara improcedente el Recurso  con los siguientes fundamentos: a) no ha sido vulnerado el art. 14 de la Constitución Política del Estado, pues los jueces designados fueron creados por la Ley N° 1970;  b) el recurrente  no hizo uso de la facultad  conferida por el art. 308 de la Ley N° 1970, para interponer excepciones  de previo y especialmente pronunciamiento.