Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1317/01-R
Fecha: 13-Dic-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA aunque con distintos fundamentos la Resolución de fs. 25 a 26 de 6 de noviembre de 2001, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro.