SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1344/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1344/01-R

Fecha: 19-Dic-2001

3.

3.   Que, habiéndose radicado la causa ante la Jueza recurrida, el conductor del vehículo de propiedad del recurrente, solicitó la devolución del mismo, ante lo cual la citada autoridad el 3 de octubre de 2001, proveyó que correspondía al Fiscal disponer acerca de la petición conforme al art. 198 del Código de Procedimiento Penal y la Ley Nº 1970 (fs. 31 y vta.), pero esta autoridad no formuló ningún requerimiento hasta que el 11 de octubre de 2001, otro Fiscal de Materia, pidió el “decomiso preventivo” del vehículo del recurrente, pero la recurrida decretó que se debía acudir ante Juez de Instrucción (fs. 56).