SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1344/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1344/01-R

Fecha: 19-Dic-2001

Por su parte, los recurridos del COA

Por su parte, los recurridos del COA informaron que, procedieron conforme a las previsiones de la Ley Nº 1990, pues cuando realizaban control el 21 de agosto de 2001 detectaron un vehículo que transportaba mercancías de contrabando, por lo que procedieron al comiso preventivo bajo la dirección del Comandante de la Unidad, Guido Frías, y el Cap. Luis Augusto Sandoval, quienes al ver que se trataba de un delito flagrante procedieron a la aprehensión del delincuente y que si bien no se elaboró acta en el momento del operativo, fue porque éste se realizó en un lugar alejado; empero, posteriormente fue elaborada dentro de las 24 horas.  A su turno el Fiscal recurrido informó alegando: 1) Que luego de tomar conocimiento del Acta de Intervención, en el término de ley elevó informe preliminar a la Jueza recurrida que actúa como Tribunal Aduanero de Sentencia; 2) Que las investigaciones fueron concluidas dentro del término de ley, por lo que formuló la acusación el 21 de septiembre de 2001 ante la co-recurrida, instancia donde la parte recurrente debe hacer valer sus reclamos, plantear incidentes o excepciones; empero, el recurrente no ha hecho uso de esos recursos y a la fecha se han vencido todos los términos; y 3) Que ha solicitado a la Jueza las medidas establecidas en el art. 201 de la Ley Nº 1990 y que no tiene facultad para levantar ninguna medida cautelar y menos para devolver ningún instrumento que sea o no objeto del delito. Finalmente la Jueza recurrida informa que en el cuaderno de investigaciones caratulado Ministerio Público contra Luis Enrique López no existe memorial de solicitud de devolución de parte del recurrente.