Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1353/01-R
Fecha: 20-Dic-2001
7)
7) Por cartas de 2 de octubre (fs. 129 y 130), los recurrentes solicitaron al Gerente General a.i. de I.A.B. S.A.M., deje sin efecto los memorandos de prescindencia de servicios y les restituya a su fuente de trabajo. Similar pedido realizaron al Inspector del Trabajo Regional Bermejo (fs. 131), quien por nota de 5 de octubre (fs. 132), pidió al Gerente de la empresa informe sobre los motivos del despido, reiterando su requerimiento en 12 del mismo mes (fs. 133)