SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1367/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1367/01-R

Fecha: 18-Dic-2001

2.

2.   Que, habiendo obtenido su libertad el 26 de septiembre de 2001 (fs. 12), el recurrente, por memoriales de 28 de septiembre, 2 y 11 de octubre solicitó al recurrido la entrega de las llaves de su departamento (fs. 13-18), empero al no pronunciarse dicha autoridad, acudió al Juez Cautelar haciendo conocer tal hecho y pidiéndole ordene la entrega de sus llaves y el desprecintado de su domicilio, a cuyo efecto el Juez Primero de Instrucción decretó que debía ocurrir ante el Fiscal a cargo de la Etapa Preparatoria ya que su autoridad no expidió ninguna orden de incautación de inmueble “pudiendo el impetrante interponer los recursos que la ley le franquea contra las personas o autoridades que restrinjan sus derechos constitucionales” (fs. 19-21 y vta.).