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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1367/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1367/01-R

    Fecha: 18-Dic-2001

    3.

    3.   Que, hasta la interposición del Recurso no hubo ningún pronunciamiento sobre la solicitud del recurrente, lo cual ha sido reconocido por el recurrido con el argumento de que ya no está a cargo de la investigación  (fs. 33-34),  afirmación que extraoficialmente se pudo verificar que  hubiera ocurrido a partir del 9 de octubre de 2001 (fs. 31).

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • Por su parte, el Fiscal recurrido
    • procedente
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • lo que supone el derecho a obtener una pronta Resolución, ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho
    • POR TANTO:

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