SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 087/2001-R
Fecha: 01-Feb-2001
I. RESUMEN DEL CASO.
1) En su escrito de 9 de diciembre de 2000 el recurrente expresa que habiendo ganado la Convocatoria Pública a Concurso de Méritos de presentación y defensa de monografía Nº 13/99 para optar el cargo de Jefe Regional de Servicios Generales (Distrito Cochabamba); extrañamente el 29 de diciembre de 1999 el recurrido ordenó ilegalmente la suspensión de su posesión a dicho cargo, sin que exista previo proceso, prueba alguna y sobre la base de una simple denuncia por una supuesta apropiación de dineros depositados por los Médicos Internistas de la Universidad Mayor de San Simón. Agrega que desde diciembre de 1999 hasta la fecha viene realizando varios reclamos, y en mayo y octubre de 2000 solicitó ante las autoridades de la Caja Nacional de Salud se deje sin efecto dicha medida y así pueda ocupar el cargo ganado, sin obtener ninguna respuesta. Que desconociendo su derecho de ganador del cargo, el 10 de noviembre de 2000 la Administración Regional de Cochabamba emitió una nueva convocatoria para el citado cargo; por lo que ante dichos actos ilícitos que vulneran su derecho al trabajo, a un salario justo y legítimamente ganado mediante Concurso de Méritos, interpone recurso de Amparo Constitucional pidiendo sea declarado procedente, ordenándose su inmediata restitución al cargo de Jefe de Servicios Generales, así como el pago de sus salarios no cancelados durante el período de su suspensión.