SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 137/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 137/01 - R

Fecha: 15-Feb-2001

1.

1.  En su demanda de 24 de enero de 2001 (fs 9 y 10), la recurrente manifiesta que  en septiembre de 2001 presentó una solicitud de cesación de detención preventiva apoyándose en el art. 239-3) de la Ley Nº 1970, ya que  se encuentra detenida por más de tres años;  dicha solicitud fue remitida al Juzgado de origen, donde se dispuso como medida sustitutiva la fianza económica de Bs. 130.000.-,  decisión que, al considerarla contraria a la segunda parte del art. 241 de la mencionada Ley por lo elevado del monto, fue apelada.

Indica que los Vocales recurridos, a  excepción de Enrique Gonzáles Careaga que fue de voto disidente, revocaron la resolución sin fundamento legal y sin  comprobar el peligro de fuga o de obstaculización en el proceso, atentando contra la norma suprema que reconoce los principios de libertad y presunción de inocencia, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica establecida en el art. 221 del nuevo Código de Procedimiento Penal.

1)   Que dentro del proceso penal que por la presunta comisión del delito de asesinato sigue Gilberto Pérez Blacutt contra Rosario Santa Cruz de Clavel, se dictó sentencia condenándola a la pena de reclusión de 30 años sin derecho a indulto, la misma que apelada fue confirmada por Auto de Vista Nº 18/01 de 10 de enero de 2001 (fs. 74 y 75)