SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 162/2001- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 162/2001- R

Fecha: 23-Feb-2001

Fragmento 3

          Por su parte, la autoridad recurrida a través de su abogado informó que es falso que cuatro concejales hubieran apoyado la reincorporación del recurrente, pues en el orden del día de la sesión de 15 de diciembre no se encontraba ese tema y pese a ello, él trató de que se considerara, pero al no existir la documentación respaldatoria de la renuncia del recurrente, se decretó cuarto intermedio sin pronunciarse ninguna resolución. Que asimismo, en la sesión de 5 de enero, muchos concejales objetaron la petición del recurrente por cuanto éste percibe dos sueldos y tiene en su contra un juicio penal, por lo que se declaró un nuevo cuarto intermedio, quedando paralizada la reunión ante la presentación del Amparo, sin que en ninguna de las sesiones se hubiera dictado resolución alguna como consta del acta N° 9/2000; sin embargo, en el supuesto de que hubiera sido dictada, el recurrente contaba con el recurso de complementación y enmienda ó en su caso de revocatoria, con lo que finalizó, pidiendo la improcedencia del Recurso porque no hubo Resolución y no se agotaron los pasos legales respectivos.