Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
No existe procesamiento indebido a que se instauró sumario penal donde existe querella, parte civil y tipos penales; conforme lo establece la jurisprudencia constitucional en el Auto Constitucional Nº 244/00-R;
Fecha: 05-Mar-2001
3.
3. Que concluida la fase sumaria del proceso se dicta Auto de Procesamiento en contra de la recurrente por existir suficientes indicios de culpabilidad en la comisión de los delitos de estafa, apropiación indebida y evasión de impuestos. Asimismo, se ordena se expida mandamiento de detención formal en su contra, el cual no se ha ejecutado porque la recurrente se encuentra gozando del beneficio de libertad provisional.