Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 175/01-R
Fecha: 05-Mar-2001
procedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal declaró procedente el Recurso, fundamentando que: 1) La Comisión de Ética no fue legalmente constituida y que el proceso interno se tramitó con una serie de irregularidades, como el de haber sido dirigido sólo por el Concejal Aquilino Sandy, lo cual invalida el informe, que además dicha Comisión no esperó la Sentencia de 30 de noviembre de 2000, pretendiendo burlar la restitución del recurrente a su cargo, 2) Que se instruyó un nuevo proceso administrativo en base a los antecedente acumulados en el anterior proceso y 3) La destitución ordenada no se funda en un fallo judicial como exige el art. 49 de la Ley de Municipalidades.