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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 179/2001 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 179/2001 - R

    Fecha: 05-Mar-2001

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    • con el objeto de realizar la evaluación y análisis de las actividades del recurrente
    • por haber sido observado por no atender los requerimientos del Concejo al no haber presentado (sic) “el POA 2001 hasta la fecha establecida por ley ni responder a notas enviadas pidiendo información e incumplimiento de Resoluciones Municipales
    • se designó a una Comisión de Etica especial para el caso del recurrente

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