Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 179/2001 - R
Fecha: 05-Mar-2001
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución de fs. 76 vta. a 79, pronunciada en 23 de enero de 2001 por el Juez de Partido de Achacachi, Provincia Omasuyos del Departamento de La Paz, dentro del Amparo Constitucional interpuesto por Alejandro Cocarico Chambi, Alcalde electo del Municipio de Puerto Acosta contra Marcelino Luque Gómez, Raymundo Gonza Carlo, Francisco Limachi Pomacahua, Rolando Mamani Callisaya, Amador Adrián Toledo Yana y Freddy Surco Toledo, miembros del Concejo Municipal del municipio de Puerto Acosta, respectivamente; los antecedentes y:
- Partes:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- con el objeto de realizar la evaluación y análisis de las actividades del recurrente
- por haber sido observado por no atender los requerimientos del Concejo al no haber presentado (sic) “el POA 2001 hasta la fecha establecida por ley ni responder a notas enviadas pidiendo información e incumplimiento de Resoluciones Municipales
- se designó a una Comisión de Etica especial para el caso del recurrente