SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 195/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 195/01-R

Fecha: 12-Mar-2001

1.

1.   Que el recurrente en su calidad de abogado patrocinante de la parte civil dentro de un proceso penal sustanciado en la etapa del plenario ante el Juzgado a cargo del recurrido, luego de ejecutoriarse la sentencia condenatoria, pidió tasación de costas y regulación de honorarios, para cuyo efecto se conminó al fiador personal del procesado a efectuar el depósito judicial respectivo, el cual no fue cumplido, por lo que el recurrente pidió se libre mandamiento de apremio, lo cual le fue negado por el recurrido de conformidad al art.  6 de la Ley Nº 1602 (fs. 8 y vta, 9-10).