SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 213/01-R
Fecha: 19-Mar-2001
2.
2. Que mientras se tramitaba el referido recurso, el sumario prosiguió dictándose Auto Final de Instrucción el 22 de octubre de 1996, determinándose procesamiento y sobreseimiento, señalándose respecto al recurrente que “...habiendo sido excluido del proceso por falta de tipicidad y materia justiciable se mantiene su situación jurídica, no correspondiendo pronunciamiento alguno posterior porque ya no es sujeto procesal...” (fs. 26-31), resolución contra la cual los querellantes plantean recurso de apelación (fs. 32-35) pidiendo el procesamiento de todos los imputados incluido el recurrente, habiendo la Sala Penal Segunda resuelto el recurso mediante Auto de Vista de 1 de julio de 1997, sin pronunciarse sobre el recurrente (fs. 37-38).