Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 215/01-R
Fecha: 20-Mar-2001
2.
2. Realizada la audiencia en 5 de febrero de 2001, según consta en el acta de fs. 70, el abogado del recurrente ratifica los términos de la demanda, añadiendo en su réplica que la convalidación de materias tiene carácter universal, que se admite en todas las carreras, aclarando que las notas de calificación de su patrocinado son buenas, que nunca hizo traspaso de carrera y que culminó sus estudios dentro de los cinco años, no pudiendo negársele la titulación por la modalidad de Excelencia Académica.