SENTENCIA Constitucional N° 220/01-r
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA Constitucional N° 220/01-r

Fecha: 20-Mar-2001

dicha revocatoria, al disponer se libre mandamiento de aprehensión, amenaza la libertad del mismo; consiguientemente, el derecho cuya protección se pretende es el de la libertad de locomoción

En la especie, la recurrente pretende la anulación de una Resolución judicial que revocó la aplicación de medidas sustitutivas en favor de su representado, pues dicha revocatoria, al disponer se libre mandamiento de aprehensión, amenaza la libertad del mismo; consiguientemente, el derecho cuya protección se pretende es el de la libertad de locomoción.

Que, a fin de precautelar el ámbito claro de aplicación de los Recursos Constitucionales consagrados por los artículos 18 y 19 de la Constitución Política del Estado, no corresponde el análisis de fondo de la problemática planteada en el presente Amparo; en consecuencia, es improcedente el Recurso por existir otro medio legal para la reparación de los actos ilegales acusados -que implican una amenaza a la libertad de Jaime Buitrago Gutiérrez-  pues  la recurrente no utilizó el medio que la Ley Fundamental le franquea para efectuar el reclamo que ahora realiza.