SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 235/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 235/01-R

Fecha: 26-Mar-2001

2.

2.   Que, el 17 de febrero de 2001, el recurrente presenta memorial ante el Fiscal de Materia asignado a la Policía Técnica Judicial con la suma de “Presentándome voluntariamente pido se me reciba mi declaración y se mantenga mi libertad”, habiéndose proveído el 20 de febrero de 2001, por el recurrido, que luego de tomarse la declaración “EL IMPETRANTE DEBERA QUEDAR DETENIDO, MIENTRAS EL SEÑOR JUEZ QUE CONOCE LA CAUSA ..., DEFINA LA SITUACION...” (Fs. 26 y vta).