Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 124/2001-CA
Fecha: 18-Abr-2001
se demanda
De lo expuesto se evidencia que se demanda la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, dentro de la tramitación del proceso principal, pero no con relación a la decisión final del proceso principal que es el de desalojo, sino con referencia a un incidente de recusación que ha sido resuelto en todas sus instancias, debiendo tenerse presente además que, como consecuencia del rechazo del incidente de recusación se impuso una multa procesal, que ha sido cancelada por los recurrentes y que sin embargo, a través del presente