SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 276/01-R
Fecha: 02-Abr-2001
1.
1. Efectuada la audiencia en 1 de marzo de 2001, según consta en el acta de fs. 219-226, el abogado del recurrente manifiesta que por denuncia interpuesta por la Alcaldía Municipal de la ciudad de El Alto, sobre falsedad material y otros delitos cometidos por funcionarios de esa Comuna, se levantaron Diligencias de Policía Judicial. Señala que sin ninguna citación escrita fue conducido ante el Fiscal Adscrito a la Policía Técnica Judicial y luego ante el Juez Cautelar, quien después de la audiencia sobre Medidas Cautelares dispuso su detención en el Penal de San Pedro. Indica que no existe prueba que justifique su detención, salvo la incriminación aludida, que permita establecer los presupuestos de los arts. 233, 234 y 235 del nuevo Código de Procedimiento Penal.