Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 283/01-R
Fecha: 09-Abr-2001
La situación precedentemente establecida,
La situación precedentemente establecida, impide al Tribunal Constitucional pronunciarse sobre el fondo del presente Recurso pues incurriría en duplicidad de fallos respecto a un mismo asunto; así lo ha establecido la jurisprudencia constitucional, en las Sentencias Nos. 191/99-R, 519/2000-R, 751/2000-R, 780/2000-R, 800/2000-R, entre otras.