Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 290/01-R
Fecha: 06-Abr-2001
1.
1. Efectuada la audiencia el 15 de marzo de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 5-6, el abogado de la recurrente se ratifica en su demanda, añadiendo que su cliente se encuentra detenido ilegalmente pese a requerir asistencia médica, que existe abuso de autoridad por haberse prohibido a su cliente la asistencia médica que requiere y que se han violado sus derechos establecidos en los artículos 6 y 7 incisos a) y g), 9, 11 y 16 de la Constitución Política del Estado.