Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 290/01-R
Fecha: 06-Abr-2001
3.
3. A la conclusión de la audiencia el Tribunal del Hábeas Corpus, dicta Resolución declarando procedente la demanda del Recurso, fundando su decisión en el hecho de que “El señor Comandante dentro de las 24 horas de detención debería haber participado al Ministerio Público para la detención preventiva si correspondía”.