SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 293/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 293/01 - R

Fecha: 09-Abr-2001

2.

2.   De fojas 13 a 14 sale el acta de la audiencia pública realizada el 6 de marzo de 2001, actuado en el que el abogado de la recurrente ratificó el tenor de la demanda y agregó que la detención de los hijos de su patrocinada es ilegal pues conforme constaba de las certificaciones que acompañaba su detención no fue dispuesta por autoridad competente. Que a pesar de haber solicitado el libro de detenciones de la Policía el carcelero presentó sólo una certificación pero que por fortuna existía el documento transaccional donde consta que los hermanos Apuri estaban detenidos. Aclaró que la tarde anterior los hijos de su representada fueron puestos en libertad pero que ello no enervaba la acción ilegal. Por lo expuesto solicitó se declare procedente con imposición de costas.

2)   Que el 1 de marzo de 2001 se suscribió un acuerdo transaccional entre la Corporación Agroindustrial “AMAZONAS S.R.L.” representada por Napoleón Montaño Calderón y Alejandro Paz Quiroga, entre otras, con la recurrente, donde en su cláusula primera se establece: “como emergencia de la sustracción de almendra en cáscara de los depósitos de la Empresa Corporación Agroindustrial “Amazonas S.R.L.” por los trabajadores. Miguel Apuri, Ernesto Apuri (...), se instaura denuncia de estos hechos delictuales por ante el Agente Fiscal y la Policía Técnica Judicial la misma que procede a la detención de los implicados por su carácter infraganti y se levantan diligencias”.