SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 341/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 341/01-R

Fecha: 17-Abr-2001

improcedente

Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso declara improcedente el Hábeas Corpus, fundamentando: 1) Que los recurrentes como tribunal de la causa, en cumplimiento de normas procesales ante la inasistencia del recurrente a la audiencia señalada, dispusieron la suspensión del beneficio de libertad provisional; 2) Que el Recurso de Hábeas Corpus no es sustitutivo, pues el recurrente en lugar de hacer uso de los recursos que le franquea la Ley dentro del proceso penal interpuso directamente el presente Recurso; 3) Que la solicitud de suspensión de la audiencia de 2 de marzo de 2001, se encuentra en trámite al igual que la de reposición del beneficio suspendido y 4) Que el recurso no es procedente debido a que el recurrente tiene un proceso penal tramitándose.