SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 343/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 343/01-R

Fecha: 20-Abr-2001

2.

2.   La autoridad recurrida informa que  dentro del proceso interdicto de referencia, intervino  como Tribunal de segunda instancia con un criterio propio, y con la facultad que le otorga la sana crítica. Sostiene que no ha infringido  los derechos de la parte recurrente, toda vez que los procesos  interdictos no causan estado y pueden ser  revisados y modificados en procesos ordinarios, por lo que pide se declare improcedente el presente Recurso.