SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 346/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 346/01-R

Fecha: 20-Abr-2001

1.

1.   Efectuada la audiencia en  22 de marzo de 2001, según consta en el acta de fs. 10-14, la abogada de la parte recurrente luego de  ratificarse en su demanda señala que   se hizo presente conjuntamente con su defendida en el Juzgado del Juez recurrido para que preste su confesión,  y que cuando se encontraba en el Juzgado  escuchó decir que se cambie el mandamiento de comparendo por el de aprehensión constituyéndose de inmediato con  su cliente al despacho del Juez, donde no se llevó a cabo la audiencia   por inconcurrencia de la parte querellante. Señala que si bien no fue detenida la recurrente,  la determinación del Juez  en sentido de que se libre la aprehensión, constituye persecución indebida que puede terminar con  su detención  y violación de sus garantías constitucionales como la del debido proceso, por lo que solicita se declare procedente el Recurso, dejando sin efecto la determinación del Juez recurrido.