SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 348/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 348/01-R

Fecha: 23-Abr-2001

no solicitó la imposición de la medida cautelar de detención preventiva

Que en el caso de autos, la disposición legal aludida no fue observada por el Juez recurrido, reconociendo éste de manera espontánea que la Fiscal responsable de la investigación si bien realizó la imputación formal no solicitó la imposición de la medida cautelar de detención preventiva, requisito indispensable para que la autoridad recurrida imponga la misma, omisión que hace ilegal la detención de los recurrentes y vulnera el art. 9-I de la Constitución Política del Estado.