Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 392/2001-R
Fecha: 27-Abr-2001
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los Arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836 REVOCA EN PARTE la Resolución revisada y declara PROCEDENTE el Recurso respecto a los Vocales demandados, en consecuencia, dispone la libertad del recurrente, debiendo aplicarse el Art. 91-VI de la Ley Nº 1836.