Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 401/01 - R
Fecha: 08-May-2001
2.
Los Vocales recurridos mediante nota Cite Of. 027/2001 PCSJ de 5 de abril de 2001 (fs. 64) hacen constar al Tribunal de Hábeas Corpus que el recurrente ya interpuso un recurso de Hábeas Corpus en su contra ante la Corte Superior de Oruro con el mismo fundamento, el que fue declarado improcedente razón por la que adjuntaban el informe presentado en dicha audiencia.