SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 408/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 408/01-R

Fecha: 08-May-2001

3.

3.   El Tribunal de Hábeas Corpus, en virtud de los antecedentes expuestos, pronuncia Resolución a fs. 15-16, declarando improcedente el Recurso con el fundamento de  que el  procesado ha hecho uso del recurso de apelación previsto por el art. 250 del nuevo Código de Procedimiento Penal impugnando la medida cautelar dispuesta por el Juez, correspondiendo a la Corte de Alzada definir si corresponde o no modificar  el monto de la fianza económica impuesta al recurrente dentro proceso penal  al que está sometido.